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martes, 28 de mayo de 2013

OFERTAS vigentes y actuales de Renovevivienda. ¡Aprovéchalas! Toda la provincia de Madrid


No dejes pasar esta oportunidad única e inigualable de estar con uno de los equipos de trabajadores más profesionales del sector. Confía en nosotros para la reforma de tu hogar, de tu piso o chalet. Las ofertas son las que ves en el folleto.
Nota: Si pinchas en la imagen del folleto, el impreso publicitario se maximiza a ventana completa.

jaimepas.trabajos@yahoo.es
(T) 667.804.412 (preferiblemente en horario de mediodía y tardes)
Skype: jaime.pas
Twitter: @JaimePstor_Pro






viernes, 26 de abril de 2013

En la reforma de tu VIVIENDA. Ofertas de EMPRESA seria y FIABLE: ofertas y calidad

Renovevivienda s.l. Reformas, proyectos y construcciones

CIF B86468584
Empresa legal, seria, fiable, conocida y comprometida con garantías, seriedad y profesionales. Experiencia, seguridad y compromiso
Comunidad de Madrid y provincias limítrofes
Información actualizada a la segunda quincena de abril del 2013.




No arriesgue su dinero. Experiencia, seguridad, compromiso. ¡Estudiamos y mejoramos cualquier presupuesto!


  • Cambio de bañera por plato de ducha 489 €
  • Reforma de baño  Mano de obra, albañilería, desescombro, alicatado, fontanería y electricidad 1.980 €
  • Certificación energética gratuita para obras de más de 12.000 €. Para el resto de las obras se podrá expedir el certificado energético con descuentos especiales.

Descuentos especiales: familias numerosas, jubiladas y jubilados, pensionistas
Ofrecemos el mejor precio de los materiales. Buscamos con usted el mejor precio del mercado y lo respetamos por contrato
Estudiamos y mejoramos cualquier presupuesto. Compromiso de mejor precio-calidad
Presupuestos gratuitos sin compromiso.
IVA reducido del 10%

Baño, cocina, PVC, aluminio, albañilería, fontanería, electricidad, techos, tarimas, parquets, muebles de cocina, pintura, puertas, etcétera, etcétera... y ahora también la certificación energética, obligatoria en España a partir del 1 de junio del 2013

Próximamente calcule usted su obra en www.renovevienda.es
Garantías de obra por ley ampliadas a dos años
Precio final y fechas de entrega cerrados en contrato. Penalización por demora -de 60 euros por cada día de retraso- en la conclusión de la obra

¡Infórmese! Escriba un comentario debajo de este texto.
Correo electrónico: jaimepas.trabajos@yahoo.es
Estamos repartiendo vales bonificación!!!. Aproveche la promoción. Solíciteme uno.

lunes, 22 de abril de 2013

Ofertas de AHORRO en la reforma de vivienda, local, comunidad de propietarios

Renovevivienda s.l. Reformas y construcciones

CIF B86468584
Empresa legal, con garantías, seriedad y profesionales. Experiencia, seguridad y compromiso
Comunidad de Madrid y provincias limítrofes

No arriesgue su dinero. Experiencia, seguridad, compromiso. ¡Estudiamos y mejoramos cualquier presupuesto!


Cambio de bañera por plato de ducha 489 €
Reforma de baño  Mano de obra, albañilería y electricidad 1.980 €
Certificación energética gratuita para obras de más de 12.000 €. Para el resto de las obras se podrá expedir el certificado energético con descuentos especiales.
Descuentos especiales: familias numerosas, jubiladas y jubilados, pensionistas
Baño, cocina, PVC, aluminio, albañilería, fontanería, electricidad, techos, tarimas, parquets, muebles de cocina, pintura, puertas, etcétera, etcétera... y ahora también la certificación energética, obligatoria en España a partir del 1 de junio del 2013

Próximamente calcule usted su obra en www.renovevienda.es
Garantías de obra ampliadas a dos años
Precio final y fechas de entrega cerrados en contrato. Penalización por demora -de 60 euros por cada día de retraso- en la conclusión de la obra

¡Infórmese! Escriba un comentario debajo de este texto.
Correo electrónico: jaimepas.trabajos@yahoo.es
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sábado, 20 de abril de 2013

En breve se aprobará el real decreto de certificación energética de los edificios existentes,

¿De que servirá la certificación energética de los edificios existentes?


Es de prever que en breve se apruebe el real decreto que regulará la certificación energética de los edificios existentes, es decir que todos aquellos edificios o partes del mismo que se vendan o alquilen, deberán aportar un certificado que asigne una letra al edificio en función de las emisiones de CO2 del mismo, o dicho de otra manera, si usted vende o alquila su vivienda deberá aportar este certificado con la letra correspondiente, que será desde una A si emite poco CO2 y hasta una G si emite mucho CO2, lo que es bastante probable en viviendas con más de seis o siete años.
Todo esto lo van a saber ustedes por los medios de comunicación y por que los técnicos, vamos a bombardearles con publicidad ofreciéndoles desde una batería de cocina hasta cohabitar con nuestra propia hermana o hermano, según su preferencia, si nos encarga usted el certificado. No, no estoy de cachondeo, ya me gustaría. Es tanta la necesidad de trabajar hoy en día que ya tengo compañeros que piensan ofrecerse de gratis a cambio de un contrato para la reforma necesaria que mejore el rendimiento de su vivienda.
Como hemos tenido la puntería de nacer entre el estrecho de Gibraltar y los Pirineos – oiga, mire que  había mundo – apuesto mi escudilla de arroz de mañana a que se van a hacer certificados energéticos como churros desde el cuarto de baño. Es lo que tiene el ipad y hacer las cosas por cuatro perricas.
Vivienda de montaña en Austria. Como me alegro de no tener que pagar la calefacción de esta choza. Foto propia
Vivienda de montaña en Austria. ¡Como me alegro de no tener que pagar la calefacción de esta choza!. Foto propia
Sí estoy escéptico no es por casualidad sino por otras razones que paso a enumerar, que me encuentro hoy de lo más elocuente:
  1. El real decreto debería haberse aprobado ya hace mucho tiempo y haber entrado en vigor el 1 de enero. Efectivamente nos hemos pasado de largo, pero a diferencia de la fecha de caducidad de los yogures, esto traerá las consecuencias correspondientes en forma de multa de la Unión Europea. Si, ellos de nuevo.
  2. La calificación energética de los edificios le va a sonar al comprador a chino mandarín. No, el del flan no, el idioma. Y es que bastante va a tener el comprador con encontrar los euros de curso legal para pagarse ese pisito de segunda mano con más años que la taleguilla del cordobés. Solo falta que se nos ponga fino y pregunte si la calefacción va a costarle mucho. En eso está pensando la criatura.
  3. La certificación clasifica los edificios en función de las emisiones de CO2 y no por el consumo energético, que no siempre van unidas ambas cosas, lo cual no termina de dar idea al comprador de lo que le costará su calefacción ni de las perdidas de energía de su futura casa.
  4. Esa misma certificación una vez realizada, dormirá el sueño de los justos en un cajón, pues no se exigirán las medidas necesarias para corregir bajas calificaciones o altas emisiones de CO2. Su vivienda lucirá una G, será una vergüenza insostenible energéticamente, una maquina de soltar CO2 al aire, medio agujero de la capa de ozono será culpa de su caldera, pero tranquilo, sacúdale los dos golpes habituales cuando se pare y a correr.
  5. La certificación energética no tiene una traducción directa en el consumo de calefacción o las perdidas de la vivienda, lo cual impide al usuario traducir a vatios consumidos o a euros el futuro consumo de la vivienda en determinadas condiciones, lo cual lo convierte en una letra que clasifica pero que no ofrecerá una referencia objetiva para saber cuanto más o menos se puede pagar por esa vivienda o local
  6. El certificado irá con toda probabilidad acompañado de una serie de medidas recomendadas que podrían mejorar la calificación de la vivienda o local. En todo caso no será obligatorio tomarlas. Música de arpa de fondo.
Todo este derroche de acidez que has soportado hasta aquí paciente lector, intenta decir que:
  • Debería haberse tomado mucho más en serio el asunto del consumo energético de los edificios en un país en el que el 16,7% de la energía la consumen las viviendas (Fuente IDAE 2008) y haber legislado a tiempo ya que la directiva europea que había que transponer a la legislación nacional era de 2002. Hemos tardado tanto que en el 2010 se modifico la directiva inicial, lo que -oh cielos¡¡¡- trajo aún más retrasos.
  • No parece que el real decreto vaya a definir la manera de traducir a vatios, euros o unidad de medida objetiva el consumo de su vivienda o local. Esto no parece importar a nadie. No es que yo crea que no sea necesario valorar la emisión de CO2 a la atmósfera, sino que pienso que no es suficiente con ello.
  • El certificado a pesar de sus carencias ha de ser tomado en serio

Ofertas de ahorro en reforma de vivienda


Renovevivienda s.l.

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Correo electrónico: jaimepas.trabajos@yahoo.es

viernes, 19 de abril de 2013

ANAE explica la certificación energética de edificios - Energías Renovables, el periodismo de las energías limpias.

Por su interés, reproduzco el artículo del periódico Energías Renovables http://www.energias-renovables.com/articulo/anae-explica-la-certificacion-energetica-de-edificios-20130417

ANAE explica la certificación energética de edificios - Energías Renovables, el periodismo de las energías limpias.

La Asociación Nacional de Ahorro y Eficiencia Energética -que se define como "plataforma de ayuda para los usuarios de energía y agua"- ha difundido un comunicado en el que valora el Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios. ANAE explica además en qué consiste un certificado energético, cuánto cuesta y qué validez tiene.
ANAE explica la certificación energética de edificios
Reproducimos a continuación el comunicado difundido por la Asociación Nacional de Ahorro y Eficiencia Energética.

El pasado sábado, 13 de abril, se publicó en el BOE el Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios. La transposición de la Directiva Europea 2010/31/UE llega con un retraso de ¡solo 3 años! Este Real Decreto, muy esperado en el sector, ya que permitirá dinamizar algo el maltrecho sector de la construcción, refunde, en una única normativa, la trasposición de la mencionada directiva junto con el RD 47/2007 de 19 de enero, mediante el que se aprobó un Procedimiento básico para la certificación de eficiencia energética de edificios de nueva construcción, derogando este último. Aunque la medida ocasiona un gasto para los propietarios, es sin duda un paso adelante y proporciona una información muy útil que será de vital importancia para los consumidores a la hora de elegir entre varios inmuebles, permitiendo conseguir grandes ahorros anuales al seleccionar calificaciones altas. Si un simple televisor de 300 euros posee una etiqueta energética, con mayor sentido debe tenerla una inversión varios ordenes de magnitud superior.

¿Qué obligaciones trae la nueva normativa?
Básicamente, indica la obligatoriedad de disponer de un certificado energético de edificios, nuevos o existentes, o parte de ellos (viviendas, locales, oficinas, etcétera), en este último caso, cuando se vendan o alquilen. Así, cuando se haga alguna transacción sobre estos, el certificado debe adjuntarse al correspondiente contrato. Se creará un registro de certificados por comunidad autónoma con capacidad de realizar inspecciones o controles técnicos y, en caso de incumplimientos, se procederá a realizar las sanciones pertinentes. Toda edificación superior a 500 metros cuadrados (250 metros cuadrados para edificios públicos) de pública concurrencia y obligada a poseer un certificado energético debe mostrar la etiqueta energética en lugar destacado y bien visible (típicamente en los accesos). También indica que todo edificio que se construya a partir de 2021 (2019 si es público), debe ser de consumo de energía casi nulo

jueves, 18 de abril de 2013

Aprobado Real Decreto certificación energética de edificios

El tan esperado Real Decreto sobre el Procedimiento Básico para la Certificación de Eficiencia Energética de Edificios, parece ser que ya ha sido aprobado, o por lo menos eso se desprende de las declaraciones de la ministra tras el Consejo de Ministros celebrado en el día de hoy.
Será previsible su publicación en el BOE el sábado, por lo que una vez que se publique procederemos a analizarlo con mayor detenimiento.
Si no hay diferencias sobre el Proyecto que todos manejamos, será obligatorio disponer del Certificado de Eficiencia Energética a partir del 1 de junio de 2013, para todas aquellas viviendas y locales que se vendan o alquilen, por lo que la etiqueta energética deberá presentarse en toda información publica para el comprador o inquilino.
Desde la Plataforma Web de elCertificador.com estamos ultimando la aplicación que controlará el proceso de selección de nuestros colaboradores técnicos que pasarán a formar parte del cuerpo de certificadores energéticos, así como de la posibilidad de que nuestros clientes puedan recibir varios presupuestos para la certificación energética de sus viviendas o locales. Podéis solicitar aquí vuestros presupuestos para la certificación energética.
Esto es lo que se presenta en la página resumen del Consejo de Ministros de Moncloa:

CERTIFICADO ENERGÉTICO PARA ALQUILAR O COMPRAR

Dentro de esta política de apoyo a la vivienda y rehabilitación, y dando cumplimiento a la normativa comunitaria, el Consejo de Ministros ha aprobado, además, el Real Decreto para trasponer a la normativa española el procedimiento básico para la certificación de eficiencia energética de los edificios.
La norma establece que a partir de 1 de junio de 2013 será obligatorio poner a disposición de los compradores o arrendadores de edificios o de parte de los mismos, para alquileres con una duración superior a cuatro meses, un certificado de eficiencia energética. Este certificado, además de la calificación energética del edificio, deberá incluir información objetiva sobre las características energéticas de los edificios, y, en el caso de edificios existentes, documento de recomendaciones para la mejora de los niveles óptimos o rentables de la eficiencia energética del edificio o de una parte de este, de forma que se pueda valorar y comparar la eficiencia energética de los edificios, con el fin de favorecer la promoción de edificios de alta eficiencia energética y las inversiones en ahorro de energía.

Extraído de: http://www.elcertificador.com/ultima-noticia-aprobado-real-decreto-certificacion-energetica-de-edificios/

viernes, 12 de abril de 2013

Decidirse a hacer una obra en el inmueble. Pasos a seguir

Cuando nos decidimos a realizar una obra, debemos meditar detenidamente cúal queremos que sea el resultado.Consultar revistas y webs de decoración e interiorismo, nos ayudará a recoger ideas interesantes.

Hay que tener en cuenta que, dado que vamos a poner en marcha una obra, es la ocasión idónea para renovar elementos e instalaciones antiguas, que nos puedan dar problemas en un corto plazo, por ejemplo: cañerías, griferías, cableado (...).

Una buena planificación le ayudará a darle una visión cercana a su idea al técnico que vaya a realizarle la reforma. No está de más que le pida su opinión, ya que ellos normalmente tienen experiencia en aspectos técnicos en los que nosotros no caemos en cuenta.

¿Cómo debe ser un Presupuesto?

Un buen presupuesto está desglosado por partidas y debe reflejar todos los gastos previsibles de una obra :

Precio del proyecto.
Calidad, cantidad y precio de todos los materiales.
Precio de mano de obra y tiempo previsto para la ejecución de los trabajos.
Coste de los traslados y desplazamientos.
Posibles alquileres como los de un contenedor de escombros.
Coste del seguro de Responsabilidad Civil y de Obra Terminada.
Compruebe que todo lleva el IVA incluído.

Recuerde que debe exigir el presupuesto por escrito y firmado por ambas partes antes de que comience la obra.


Pida varios presupuestos

Antes de decidirse por alguna empresa consulte con varias, para poder comparar. Desconfíe de los presupuestos excesivamente bajos, pregunte qué entra exactamente en el presupuesto y qué se cobra aparte.


Compare las calidades de los servicios y de los materiales, las garantías que se ofrecen, los plazos de ejecución(...). A veces los presupuestos no son gratuítos, las empresas cobran por el tiempo dedicado a ellos, infórmese antes de pedirlos.


Contrate siempre empresas

A la hora de hacer una reforma, puede que nos encontremos con ofertas de particulares que nos parezcan más económicas. Aunque pueda parecer atractivo,si carecen de Licencia Fiscal se corre el riesgo de no poder reclamar en caso de que algo falle.


Contrate empresas con obreros especializados en cada tipo de trabajo recuerde que un fontanero, no puede ser buen electricista y albañil al mismo tiempo.

Fuente de información: http://guiadelareforma.blogspot.com.es/